La sanción resultaba escalofriante no sólo porque implicaba el ciento cincuenta por ciento de la cuota sino porque además le añadía el hecho de ser imprescriptible. Que en una nación donde la cadena perpetua es un verdadero tabú se acepte una imprescriptibilidad para determinados figuras fiscales como si se trata de delitos contra la Humanidad dice bastante de lo que significó el paso de Cristóbal Ricardo Montoro por Hacienda. Lo grave es que los propios altos funcionarios de la Agencia tributaria eran conscientes de la inconstitucionalidad de la norma y así llegó a reconocérmelo en público, en el curso de una entrevista, uno de los más destacados. Sin embargo, aplicando la doctrina Eichmann de obedecer órdenes por viles que sean, persiguieron a los ciudadanos con el 720 en la mano. Hace dos años, la comisión europea dictaminó que el dichoso engendro montoril era ilegal quebrantando por añadidura cinco de las libertades reconocidas por la UE: seguridad jurídica, tutela judicial efectiva (imposibilidad de prueba), capacidad económica, derecho de propiedad y derecho a la igualdad. La resolución europea incidía detalladamente en todos y cada uno de estos aspectos y, de manera especial, indicaba que constituye una verdadera monstruosidad el equiparar la imprescriptibilidad propia de los crímenes contra la Humanidad contra la de una infracción tributaria. De eso hace un bienio, pero la Agencia tributaria se ha librado muy mucho de comunicarlo y – me temo – que ha seguido esgrimiendo el 720. En cualquier nación civilizada, se habría articulado una acción popular para que Montoro respondiera ante los tribunales por gravísimas violaciones de derechos humanos elementales. Lo mismo sucedería con aquellos que, sabiendo lo que tenían delante, lo aplicaron con resuelta frialdad. No lo espero porque en España – sólo hay que mirar hacia Cataluña – el principio de supremacía de la ley dista mucho de ser evidente. De hecho, no me extrañaría nada que algunos hasta hayan cobrado bonus.