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Miércoles, 6 de Noviembre de 2024

Pablo, el judio de Tarso (XXV): El concilio de Jerusalen (IV): las consecuencias

Domingo, 28 de Mayo de 2017
La tesis de Santiago obligaba ciertamente a aceptar un compromiso a las dos partes. Por un lado, los partidarios de imponer la circuncisión y la práctica de la ley a los gentiles se veían obligados a renunciar a su punto de vista, aunque se aceptaba una tesis encaminada a no causar escándalo a los judíos.

La tesis de Santiago obligaba ciertamente a aceptar un compromiso a las dos partes. Por un lado, los partidarios de imponer la circuncisión y la práctica de la ley a los gentiles se veían obligados a renunciar a su punto de vista, aunque se aceptaba una tesis encaminada a no causar escándalo a los judíos. Por el otro, Pablo, Bernabé y los defensores del punto de vista que señalaba que los gentiles no estaban obligados a la circuncisión ni al cumplimiento de la ley mosaica veían reconocido el mismo como correcto pero, a cambio, se veían sometidos a aceptar concesiones encaminadas a no provocar escándalo.

Desde luego la veracidad de lo consignado en la fuente lucana aparece, siquiera indirectamente, confirmado por la universalidad que alcanzó la medida. El texto de la misma aparece como vinculante en fuente tan temprana como es el libro de Apocalipsis (2, 14 y 20) dirigido a las iglesias de Asia Menor; en el siglo II era observado por las iglesias del valle del Ródano - y más concretamente por los mártires de Viena y Lyon (HE, V, 1, 26) - y por las del norte de Africa (Tertuliano, Apología IX, 13); y todavía en el s. IX el rey inglés Alfredo lo citó en el preámbulo de su código de leyes.

Aquella transacción asentaba como consagrados los puntos de vista defendidos previamente por Pedro, la comunidad de Antioquía, Bernabé y Pablo. No resulta sorprendente que estos dos últimos fueran encargados de entregar el texto del decreto a otras iglesias gentiles como un modelo de convivencia [1]:

 

22 Entonces pareció bien a los apóstoles y a los ancianos, con toda la iglesia, elegir varones de ellos, y enviarlos a Antioquía con Pablo y Bernabé: a Judas que tenía por sobrenombre Barsabas, y a Silas, varones principales entre los hermanos; 23 Y escribir por mano de ellos: Los apóstoles y los ancianos y los hermanos, a los hermanos de entre los gentiles que se encuentran en Antioquía, y en Siria, y en Cilicia, salud: 24 Por cuanto hemos oído que algunos que han salido de nosotros, os han inquietado con palabras, trastornando vuestras almas, al mandar que os circuncideis y guardeis la ley, a los cuales no mandamos; 25 nos ha parecido, congregados de manera unánime, elegir varones, y enviároslos con nuestros amados Bernabé y Pablo, 26 Son hombres que han expuesto sus vidas por el nombre de nuestro Señor Jesucristo. 27 Así que, enviamos a Judas y a Silas, los cuales también por palabra os harán saber lo mismo. 28 Que ha parecido bien al Espíritu Santo, y a nosotros, no imponeros ninguna carga más que estas cosas necesarias: 29 Que os abstengáis de cosas sacrificadas a ídolos, y de sangre, y de lo ahogado, y de porneía; de las cuales cosas si os guardareis, bien haréis. Pasadlo bien. 30 Ellos entonces enviados, descendieron a Antioquía; y reuniendo a la multitud, entregaron la carta.

(Hechos 15, 22-30)

 

El resultado fue provocar un enorme alivio entre los creyentes de Antioquia, algo lógico si se tiene en cuenta que se había cuestionado no sólo su forma de actuación, sino todo su modelo de comportamiento misionero. La fuente lucana es, al respecto, muy explícita:

 

31 La cual (la carta), cuando la leyeron, se sintieron llenos de alegría por aquel consuelo. 32 Judas y Silas, dado que también ellos eran profetas, consolaron y confirmaron a los hermanos con abundancia de palabra. 33Y, tras pasar algún tiempo, fueron enviados por los hermanos en paz y de regreso a los apóstoles. 34 Sin embargo, a Silas le pareció bien quedarse allí.

(Hechos 15, 31-34)

 

El denominado concilio de Jerusalén tuvo por añadidura una consecuencia de enorme relevancia histórica. No se trataba únicamente de que hubiera quedado confirmada sin discusión posible la tesis de que la justificación no era por las obras sino por gracia y recibida a través de la fe; no se trataba únicamente de que se hubiera mantenido abierta la puerta a los gentiles; no se trataba únicamente de que se habían delimitado las condiciones para la convivencia entre judíos y gentiles en el seno del cristianismo. Por añadidura, la misión de Pablo y Bernabé había salido moralmente muy fortalecida por lo establecido en el decreto jacobeo. No resulta en absoluto extraño que tuviera un resultado inmediato al que dedicaremos el próximo capítulo.

CONTINUARÁ

 

[1] Sobre el tema véase: A. S. Geyser, “Paul, the Apostolic Decree and the Liberals in

Corinth” en ”Studia Paulina in honorem J. de Zwaan”, ed. J. N. Sevenster y W. C. van Unnik, Haarlem, 1953, pgs. 124 ss.

 

 

 

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